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Delitos Mayores

Frequently Asked Questions

en inglés

Causas por delitos mayores

¿Cuánto es la fianza? 
No hay fianzas fijas en los tribunales federales. Según la ley de Reforma de Fianzas, 18 USC § 3141 et seq, el juez que preside pone al acusado en libertad con condiciones suficientes para asegurar que el acusado guardará sus citas. Por lo tanto, las condiciones de libertad, incluso la fianza, pueden variar de gran manera según la gravedad de los cargos, el historial del acusado, y las circunstancias económicas del acusado. 

Rara vez se usan fiancistas en los tribunales federales. El defensor público que sea asignado a la causa del acusado le puede dar mejor idea a su familia en cuanto a las condiciones de libertad que se exigirán. En todo caso, sin embargo, mientras más apoyo familiar y comunitario tenga el acusado, más probable será que lo pongan en libertad. 

¿Cómo pueden la familia y los amigos depositar sus propiedades para la fianza? 
En la mayoría de los casos, la libertad preprocesal federal puede ser contentada con una mezcla de haberes; principalmente dinero en efectivo, bienes raíces (como casas), y coches. El defensor público con placer se juntará con la familia y los amigos del acusado para hablar de diferentes opciones para recaudar el monto de la fianza. 

El defensor público puede ayudar con el papeleo para trasladar una casa para garantizar la fianza. La entrega de una casa para garantizar la fianza por lo general exige un mínimo de una evaluación reciente, una copia de todos los documentos hipotecarios y escrituras o títulos, y una escritura a nombre del actuario del Distrito Septentrional. La familia y los amigos pueden agilizar el proceso si traen todos los documentos relacionados con la casa—documentos hipotecarios, informes de títulos, y registros de escrituras-al defensor público para que los pueda estudiar. 

¿Cuánto tiempo va a durar este caso? 
Según la ley de Juicios Expeditos [Speedy Trial Act], 18 USC § 3161 et seq, la causa se debe llevar a juicio dentro de 70 días después de la instrucción de la causa por un auto de procesamiento o por una querella. Algunas causas de delitos mayores sí se resuelven muy pronto, dentro de un mes o dos después de la primera cita judicial. 

La mayoría de las causas de delitos mayores tardan mucho más tiempo. La causa típica por un delito mayor en el Distrito Septentrional tarda un año desde la instrucción de la causa hasta el dictado de sentencia. Las causas complicadas por conjuras o por fraude a menudo pueden durar mucho más tiempo. Las demoras pueden ser suscitadas por la necesidad de revisar las pruebas de cargo, entrevistar a los testigos, elevar y debatir las instancias, negociar los acuerdos de aceptación de responsabilidad, y preparar para el juicio. 

El abogado de la defensoría pública hablará con el acusado con respecto al calendario de la causa, y le explicará porque son necesarias las demoras o aplazamientos. 

¿Me pueden hacer sacar de alguna cárcel a otra? 
Aunque podrá cambiar este procedimiento, por lo general el alguacil federal [U.S. Marshal] primero encarcela a los acusados en la cárcel de Santa Rita. La mayoría de los acusados luego son trasladados a la cárcel de North County en Oakland (Glenn Dyer) y algunos pocos son alojados en FDC Dublin. 

El aguacil federal controla donde se alojan los acusados, y los jueces del Distrito Septentrional sienten mucha renuencia para mandar (o recomendar) que sea alguna cárcel diferente. Ningún juez que preside mandará algún traslado para permitir acceso a una biblioteca de derecho, o porque las condiciones de reclusión son mejores en FDC Dublin. 

Si algún acusado padece de problemas graves de salud o problemas de seguridad en su cárcel actual, debe comentar la situación con su abogado. 

Yo vengo de otra cárcel. ¿Pueden ustedes custodiar mis pertenencias? 
La Defensoría Pública Federal desafortunadamente no puede custodiar pertenencias para sus clientes porque no tiene depósitos seguros. Los clientes deben hacer mandar sus pertenencias a sus familias o amigos. 

Yo estoy peleando cargos estatales en cuestión de armas de fuego. ¿Se «federalizará» mi causa? 
La sentencia federal en una causa de armas de fuego a menudo puede exceder el triple de la sentencia estatal por la misma conducta. La Procuraduría Federal tiene el programa Triggerlock II, que trae causas estatales de armas de fuego a los tribunales federales. Si el acusado está peleando cargos estatales por armas de fuego, debe comentar la posibilidad de «federalización» con su abogado. Se invita que los defensores públicos de los condados o abogados contratados llamen a nuestra oficina y preguntar por el abogado de turno para hablar sobre el peligro de «federalización.» 

Se me ha expedido un patente de arresto en otro distrito. ¿Qué debo hacer? 
Esto suena como una respuesta obvia, pero todo fugitivo debería entregarse inmediatamente—o en el Distrito Septentrional de California o en el distrito donde esté acusado. Si el fugitivo es apresado por el alguacil federal, entonces es mucho más difícil, o casi imposible, obtener fianza en la causa. El hecho de ser fugitivo también puede tener un efecto negativo para la causa principal. Puede resultar en malas instrucciones para el jurado, le puede recargar la sentencia al acusado, y también puede resultar en nuevos cargos. Si algún prófugo quiere entregarse por un patente de arresto federal, debe llamar a nuestra oficina y nosotros podemos facilitar una entrega inmediatamente ante un juez inferior federal. 

He sido citado para declarar ante el jurado de enjuiciamiento [Grand Jury]. ¿Qué debo hacer? 
Hay dos tipos generales de testigos para el jurado de enjuiciamiento: «objetivos» y «testigos». Un objetivo es una persona que podría ser acusada de un delito por el gobierno. Un testigo simple nada más le suministra pruebas al jurado de enjuiciamiento. 

A veces la carta de la Procuraduría Federal dirá que el testigo es el objetivo. Otras veces, el testigo simplemente sospechará que él es el objetivo. En cualquiera de estas dos situaciones, el testigo o debe contratar a un abogado de inmediato o comunicarse con nuestra oficina para solicitar un abogado de oficio. Un defensor particular o un defensor de oficio puede revisar los antecedentes del asunto, comunicarse con el procurador para determinar qué interés tiene el gobierno, y puede negociar por inmunidad para un testigo para el jurado de enjuiciamiento o instruirle que debe invocar la Quinta Enmienda, de ser apropiado, y rehusarse a contestar preguntas. 

Agentes federales quieren hablar conmigo. ¿Qué debo hacer? 
Nosotros no desalentamos a los testigos para que no hablen con agentes policiales. Sin embargo, toda persona en los Estados Unidos tiene el derecho de rehusarse a hablar con agentes policiales. (Aunque, en ciertas circunstancias, si se le puede obligar a identificarse a los agentes policiales.) Si usted piensa que es el blanco de una investigación, sería prudente que primero hablara con un abogado antes de hablar con las autoridades—el abogado puede concertar una entrevista si es que es apropiado. Normalmente es prudente tener a un abogado a su lado durante toda entrevista con agentes federales, si hay posibilidad alguna de ser el objeto de una investigación. 

¿Qué es «discovery»?
«Discovery» significa las pruebas relacionadas con los cargos o al dictado de sentencia producidas por el gobierno. «Discovery» puede ser de cinco páginas, incluyendo un prontuario o un informe policial. También puede ser cientos de miles de páginas de documentos en un caso complejo de fraude. Discovery puede incluir fotografías del escenario, el nombre y los antecedentes de algún delator, o pruebas forenses así como huellas digitales o análisis de ADN. 

Cuando se nombra a un defensor público para representar a un acusado, una de sus primeras tareas es pedir discovery al gobierno. Salvo con algunas excepciones muy infrecuentes (así como información sensitiva relacionada con algún delator confidencial), el acusado tiene el derecho de ver todo el discovery que entregue el gobierno. 

¿Me pueden ayudar con mi petición de habeas? 
La Defensoría Federal representa a presos en acciones de habeas cuando un tribunal de primera instancia aprueba una solicitud para un abogado de oficio, después de haberse registrado una petición para un patente de habeas corpus. Nuestra representación está limitada al ámbito del nombramiento; algunas veces puede durar durante todo el litigio de habeas, otras veces está limitada a alguna cuestión específica, o a alguna audiencia de prueba. Nuestra oficina no puede ofrecer asesoría general en cuanto a habeas ni ayudar a redactar una petición de habeas. Los presos que deseen registrar una petición federal de habeas deben hablar con sus asesores en la causa original o en su apelación. El formulario para la petición habeas se puede obtener en la oficina del Prosecretario del Tribunal Septentrional de California. 

¿Cuánto tiempo voy a recibir? 
Esa es una pregunta compleja que depende de que si el acusado queda condenado, del tipo de delito, sus antecedentes penales, y las características individuales del acusado. 

Las sentencias dictadas en los tribunales federales son gobernadas por la ley llamada Sentencing Reform Act of 1984. Según 18 USC § 3553(a), hay muchos factores que figuran en las sentencias que se dictan en los tribunales federales, incluyendo la naturaleza del delito, las características del delincuente, la necesidad de pagar reparación de daños, y el acceso a atención médica y otra atención. 

Un factor que tiene que tener en cuenta el juez que preside son las Directrices para Sentencias Federales. El cómputo de las directrices puede dar un cálculo bruto de la sentencia para el acusado antes que él se declare o antes del juicio. El abogado del acusado va a poder dar más detalles en cuanto a la potencial sentencia para del acusado. 

¿Pueden recomendar ustedes a algún abogado particular? 
Si un acusado tiene demasiado dinero o demasiados haberes para que se le nombre un Defensor Público Federal, nuestra oficina puede extender los nombres de tres o más abogados que están en la nómina de abogados de CJA. Ellos todos son abogados de amplia experiencia federal en el Distrito Septentrional de California. Tenga presente que la Defensoría Pública Federal no puede aceptar cuotas por haber recomendado asesores particulares. 

No me gusta mi defensor público. ¿Cómo puedo conseguir uno nuevo? 
El acusado tiene el derecho constitucional de representarse solo, de contratar un abogado escogido por él mismo, o de pedir un abogado de oficio. Sin embargo, no hay ningún derecho de escoger el abogado de oficio. 

Si el cliente no está contento con su defensor público, el primer paso y el obvio es de comentar este problema con el abogado. 

Si el acusado y el abogado no pueden resolver sus diferencias, el acusado puede solicitar que el juez que preside le nombre un asesor nuevo. Hay que reconocer en todo caso que se nombrará un asesor nuevo cuando ha habido una ruptura completa de comunicaciones y cuando el abogado ya no puede representar al acusado eficazmente. Ningún juez nombrará un asesor nuevo porque el acusado está frustrado con los hechos de la causa, por la ley que limita las posibles defensas e instancias, o por la posibilidad de una sentencia larga. 

¿Cómo puedo borrar mis antecedentes penales federales? 
Por lo general, solamente delitos federales muy pequeños en cuestión de drogas pueden ser borrados según 21 USC § 844(a). Otras condenas federales por lo general no pueden ser borradas. 

¿Puede venir a los tribunales la familia del acusado? 
Por lo general, mientras más apoyo familiar tenga el acusado, mejor es para el acusado y para la causa. En la mayoría de las causas, alentamos a que asistan a las diligencias judiciales todos los familiares que posiblemente puedan. 

Sin embargo, hay algunas situaciones, cuando puede ser que no ayude la presencia de muchos familiares. Por ejemplo, mucha gente en la sala del tribunal podrá complicar los asuntos cuando un delator confidencial esté declarando en una audiencia de prueba preliminar al juicio. 

También hay algunos jueces que no quieren tener niños en la sala del tribunal. El abogado que es nombrado para la causa puede dar más detalles en cuanto a cuándo es mejor que vengan familiares a las audiencias. 

Hay que tener cuidado de haber apagado todos los teléfonos y aparatos electrónicos antes de entrar a la sala judicial. 

Si salgo condenado, ¿dónde voy a cumplir mi tiempo? 
La Dirección Federal de Prisiones determina dónde va a cumplir su tiempo el acusado. Hay muchísimos factores que figuran en esta «designación,» incluyendo los antecedentes penales del acusado, los hechos de la causa actual, el estado inmigratorio del acusado, y los lazos familiares con alguna comunidad específica. El defensor público asignado a la causa puede dar una descripción más detallada de los factores que figurarán en la designación para determinado acusado. 

La Dirección de Prisiones tiene un portal de la red con descripciones de las varias instalaciones que se puede ver aquí.

Faltas menores

¿Has recibido una citiation relacionada con una ofensa en un Parque Nacional o en el Presidio?

Delitos mayores

¿Ha sido acusado de un delito federal?

Parole, Terminación anticipada de la libertad supervisada, y Traslados por tratado

¿Tiene preguntas sobre la libertad condicional federal, terminación anticipada de la libertad supervisada, o sobre una transferencia de un tratado?